DECRETO SUPREMO N° 04688. REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN.
PARA EFECTO DE COMPULSAS Y CONCURSO DE MÉRITOS; TÍTULO EN EDUCACIÓN ESPECIAL Y PROFESIONAL TIENE UN VALOR DE:
- 10 PUNTOS
POR DESEMPEÑO DE CÁTEDRAS EN CURSOS NACIONALES DE CAPACITACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN PEDAGÓGICAS, ORGANIZADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN, SE CALIFICA DE:
- 1 A 2 PUNTOS POR CADA MISIÓN HASTA 10
SEGÚN EL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN, LOS QUE LLEVAN VIDA NOTORIAMENTE INMORAL:
- NO PODRÁN SER ADMITIDOS EN EL EJERCICIO DE LA DOCENCIA
¿PARA CUÁL DE LOS SIGUIENTES TRÁMITES SE REQUIERE LOS 2 AÑOS DE PROVINCIA?
- ASCENSO DE CATEGORÍA ÁREA URBANA
SEGÚN EL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN, EL DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA Y PERSONAL SE ENCARGA DE:
- ORGANIZAR EL KARDEX DEL ESCALAFÓN NACIONAL DE SERVICIO DE EDUCACIÓN, CENTRALIZANDO LOS DATOS REFERENTES AL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DE TODO EL PAÍS
LA INSCRIPCIÓN EN EL ESCALAFÓN ES UN REQUISITO QUE TODO DOCENTE DEBE CUMPLIR PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DOCENTE, LA INSCRIPCIÓN SE LA REALIZA:
- CADA DOCENTE DE MANERA INDIVIDUAL SOLICITA SU INSCRIPCIÓN
PARA EFECTO DE COMPULSAS Y CONCURSO DE MÉRITOS; DOCTOR EN PEDAGOGÍA. TIENE UN VALOR DE:
- 20 PUNTOS
LAS CARRERAS DOCENTES Y ADMINISTRATIVAS, EN EL SERVICIO DE EDUCACIÓN SE DESARROLLAN EN DOS PROYECCIONES COMPLEMENTARIAS ENTRE SÍ:
- LOS ASCENSOS DE LA JERARQUÍA; LAS PROMOCIONES DE CATEGORÍA
SEGÚN EL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN, LOS FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS TENDRÁN OPCIÓN A INSCRIBIRSE EN EL ESCALAFÓN:
- DESPUÉS DE CUMPLIR 5 AÑOS DE SERVICIO Y APROBAR EL EXAMEN DE IDONEIDAD PARA LA CONTINUACIÓN EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA
LOS ASCENSOS DE JERARQUÍA SE DAN EN FUNCIÓN DE:
- LAS NECESIDADES DEL SERVICIO Y DE LOS MÉRITOS Y DOTES DEL PERSONAL
EL FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO DEL RAMO DE EDUCACIÓN CON MÁS DE 10 AÑOS DE SERVICIO QUE PASE A PRESTAR FUNCIONES DOCENTES, PARA MANTENER SU CATEGORÍA.
- DEBERÁ SOMETERSE A LOS EXÁMENES PARA INTERINOS Y TITULARES
SEGÚN EL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN, AQUELLOS SOBRE QUIENES PESE SENTENCIA EJECUTORIADA POR DELITOS EN MATERIA PENAL:
- NO PODRÁN SER ADMITIDOS EN EL EJERCICIO DE LA DOCENCIA
AL CALIFICAR EL TIEMPO DE SERVICIO, POR CADA TRIMESTRE DE TRABAJO, SE LE ASIGNA:
- 1 PUNTO
EL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN ES EL:
- REGISTRO SISTEMÁTICO, PERMANENTE Y CENTRALIZADO DE LOS DATOS PERSONALES Y PROFESIONALES REFERENTES A LOS MAESTROS Y FUNCIONARIOS DE SERVICIO EDUCATIVO
EL EXAMEN DE TITULAR POR ANTIGÜEDAD TIENE UN VALOR DE:
- 10 PUNTOS
EL PERSONAL ADMINISTRATIVO, PARA INSCRIBIRSE EN EL ESCALAFÓN, DEBE TENER CUMPLIDOS
- 5 AÑOS
SEGÚN EL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN, SON MAESTROS TITULARES LOS INTERINOS QUE DESPUÉS:
- DE 10 AÑOS DE SERVICIOS DOCENTES, APRUEBAN UN EXAMEN DE CAPACIDAD
PARA EFECTO DE COMPULSAS Y CONCURSO DE MÉRITOS; TÍTULO DE PRIMARIA Y SECUNDARIA, TIENE UN VALOR DE:
- 20 PUNTOS
EN EL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN, ES CONSIDERADO FALTA DE RENDIMIENTO Y, POR TANTO, DEMÉRITO CUANDO UN DOCENTE TIENE:
- DE 30% DE REPROBADOS EN EL CURSO
PARA EFECTO DE COMPULSAS Y CONCURSO DE MÉRITOS; TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN ESCOLAR E INVESTIGACIÓN PEDAGÓGICA CON TÍTULO DE POSTGRADUADO TIENE UN VALOR DE:
- 15 PUNTOS
PARA EFECTO DE COMPULSAS Y CONCURSOS DE MÉRITOS; TÍTULO DE ORIENTADORES, CONSEJEROS, PROFESIONALES TIENE UN VALOR DE:
- 10 PUNTOS
DE ACUERDO AL REGLAMENTO DEL ESCALAFÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN, LOS TÍTULOS DOCENTES DE PRIMARIA Y SECUNDARIA EQUIVALE A:
- 20 PUNTOS
DENTRO DE LOS MÉRITOS GENERALES LOS LIBROS EDITADOS E INÉDITOS SE CALIFICAN DE 1 A 5 PUNTOS POR CADA UNO HASTA:
- 20 PUNTOS
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